¡SON MÁS COLONOS…… NÓ INMIGRANTES!





Siguen con la majadería de designar como inmigrantes a la avalancha
poblacional que está invadiendo el Archipiélago Canario, cuando no dejan
de ser nuevos colonos que están supercolonizando y asolando el
Archipiélago Canario. Esta distinción entre inmigrantes y colonos no es
una cuestión baladí, en modo alguno;  dado que Canarias es a estas
alturas del siglo XXI, todavía sorprendentemente un país que se sigue
colonizando y que continúa sometido ilegítima e ilegalmente a otro país:
España,  y de un tiempo a esta parte, también a un Continente que no es
el propio: Europa, dada la adhesión  de la metrópolis a la Organización
Regional: Unión Europea.



El Gobierno del Reino de España, los órganos de turno u comisiones de la
UE con competencias en inmigración y las instituciones coloniales
españolas que están radicadas en el Archipiélago Canario, ya sean
militares, políticas, judiciales, policíacas, eclesiásticas, mediáticas,
civiles y demás organizaciones mal denominadas no gubernamentales:
potencian, ayudan y promueven la llegada de auténticas masas
poblacionales que están entrando en avalanchas en nuestra pequeña y
fragmentada Tierra Canaria, tanto por aire como por mar, procedentes
principalmente de España, Europa, América, Asia y de nuestro Continente
Africano.  Esta invasión poblacional, está llegando principalmente por
los aeropuertos canarios por donde se acelera esta neocolonización, y en
los cuales “aterrizan”  todos los días miles de colonos “vestidos de
turistas”, y que entran sin ningún tipo de control a través de aviones
que parten  de España o de Europa y que una vez llegan a Canarias,
reciben el pertinente apoyo logístico y ayudas de todo tipo para que
tengan inmediatamente trabajo, viviendas y asistencia sanitaria,
causando un gravísimo agravio comparativo a los cientos de miles de
Canarios(as) que se encuentran bajo el umbral de la pobreza y en paro,
que carecen de una vivienda digna y en particular a los que necesitan de
una cama hospitalaria.



Toda esta avalancha poblacional de colonos además de los perjuicios que
producen al Pueblo Canario, también inciden negativamente en un
territorio que por sus características y dimensión tiene una
limitadísima capacidad de carga y gran fragilidad medioambiental.
Dándose la peculiaridad colonial de que las personas que llegan a
Canarias con la intención de no quedarse a vivir en nuestra tierra, si
no que están de paso hacia otros destinos en Europa, por las fuerzas
policiales coloniales se les interna en centros mal denominados de
acogida. Estos guetos son potenciados y pagados por la metrópolis:
España y la UE, con la connivencia impresentable del gobierno títere o
marioneta canario y los traidores o colaboracionistas canarios. Y que en
un ejercicio de hipocresía y cinismo impresentable, luego envían a
emisarios comisionados o a visitadores a nuestra colonizada Tierra
Canaria para que comprueben si se está vulnerando derechos de estas
personas y  para mayor inri, en una actitud gravemente coactiva e
intimidante contra el Damnificado Pueblo Canario,  también para
comprobar si existe entre los perjudicados colonizados canarios brotes
de xenofobia  o racismo.



España y Europa, en relación  con  Canarias  continúan reiteradamente
violando normas de Derecho Internacional de obligado cumplimiento. Esta
gravísima supercolonización y sus efectos perniciosos para el Pueblo
Canario, conculca notoriamente lo establecido en el artículo 73 de la
Carta de las Naciones Unidas, que ordena a los miembros de las Naciones
Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios
cuyos pueblos colonizados no hayan alcanzado todavía la plenitud del
gobierno propio, proteger los intereses de los mismos, los cuales “están
por encima de todo”, repito están por encima de todo  y asimismo  tanto
España como la UE: están obligadas y así lo dice textualmente tal norma
internacional por  “encargo sagrado” promover  “el bienestar de los
habitantes de esos territorios”, o sea  de todos los Canarios y
Canarias, que son los descendientes de los canarios nacidos en el
Archipiélago Canario, en base  al ius sanguini y ius soli. Las demás
personas que viven en Canarias son colonos, no inmigrantes, a pesar de
lo que diga el panfleto del Estatuto colonial impuesto por España de que
todos los residentes en Canarias son canarios. El estatus jurídico
internacional de los canarios, que es el aplicable a todos los pueblos
colonizados, debe respetarse tanto por España como por la UE, que tienen
que acatar las normas del Derecho Internacional, las cuales están por
encima de la constituciones españolas y europeas. Y por tanto, deben
cumplir con el derecho internacional de descolonización  que no se ha
aplicado todavía al Archipiélago Canario.



Reitero, como así lo he transmitido en su día al Comité de
Descolonización de la ONU, que NUONU



el Reino de España sigue vulnerando sistemáticamente en relación con su
colonia el citado e importante artículo 73 de la Carta de las Naciones
Unidas y los intereses de sus habitantes,  no cumpliendo además las
siguientes resoluciones que al respecto ha acordado la Asamblea General
de la ONU:  La R. 66 de 14 de Diciembre de 1946. La R. 334( IV) de 2 de
Diciembre de 1949. La R. 567(VI) de 18 de Enero de 1952. La R. 742(VIII)
de 27 de Noviembre de 1953. La R. 1467(XIV) de 12 de Diciembre de 1959.
La R. 1514 de 14 de Diciembre de 1960, en donde se establece con
claridad  que la sujeción de los pueblos a una subyugación, dominación o
explotación extranjera constituye una denegación de los derechos humanos
fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones  Unidas y
compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales. La
Resolución 1541 de 15 de Diciembre de 1960, que reitera y además precisa
el concepto de pueblo colonial, considerando tal aquél que no ha
alcanzado aún la plenitud del gobierno propio y habita en un territorio
que está separado geográficamente del país que lo administra y que ha
sido colocado arbitrariamente en una situación de subordinación (¿hay
mayor arbitrariedad que la invasión y la conquista por la armas del
Archipiélago Canario, por parte del gobierno del Reino de España?). Al
respecto hay que decir que la identificación de una situación como
colonial ha venido dada por su inclusión en una lista confeccionada por
el  Comité de Descolonización, al que me dirijo, creado en 1961, en
virtud de la R. 1654(XVI) de la A.G., lista en la que tendría que haber
sido incluido  el Archipiélago Canario. La R. 2625 adoptada por la
Asamblea General de 24 de Octubre de 1970, en donde se establece
expresamente en su declaración de principios tanto el  derecho de
autodeterminación de los pueblos como el deber de todos los Estados de
respetar el derecho en cuestión (aquí incluso la UE debe respetar este
derecho) del que se desprende el deber de prestar asistencia a la ONU,
en orden a poner fin al colonialismo, teniendo debidamente en cuenta la
voluntad libremente expresada de los pueblos de que se trate, en este
caso de la voluntad del Pueblo Canario y además el deber de abstenerse a
recurrir a cualquier medida de fuerza que prive a nuestra gente de este
derecho.



Es importante subrayar que  la  declaración de principios contenida en
la Resolución 2625, precisa que el territorio de una colonia, como en el
caso del Archipiélago Canario en virtud de la Carta de las Naciones
Unidas, ostenta una condición jurídica distinta y separada de la del
territorio del Estado que lo administra, o sea del Reino de España,
conservando dicha condición hasta que el pueblo colonial haya ejercido
su derecho de libre determinación.

Hay que tener claro: que en base al derecho internacional cualquier
acuerdo que la potencia colonial o la UE tuviera por efecto frustrar el
ejercicio del derecho de autodeterminación del Pueblo Canario sería nulo
de pleno derecho. En base a ello, todo el citado camuflaje
jurídico-político-administrativo (provincia, región canaria, comunidad
autónoma, constitución española, estatuto de Autonomía, gobierno
canario, ahora la constitución europea, etcétera..) que el Reino de
España, ha implantado   durante el transcurso de los siglos en su
colonia han impedido ilegitima e ilegalmente, la aplicación de este
derecho internacional de descolonización a un territorio no autónomo
como es del Archipiélago Canario. Por ello, además se ha impedido  y en
base al Derecho Internacional del Mar, que el mismo se convierta en un
Estado Archipielágico, que pueda controlar su mar territorial y su zona
económica exclusiva y pueda explotar sus recursos naturales, entre los
cuales se encuentran sobre todo la pesca y el petróleo.  Y así, para que
podamos controlar nuestras fronteras, no como ahora que otros no la
controlan, y que están dejando y potenciando esta supercolonización
salvaje. Lejos de ello, la potencia administradora en connivencia con
las multinacionales de turno sigue expoliando los recursos y las
riquezas de los Canarios, como las devengadas por el turismo y los
citados recursos pesqueros y petrolíferos, laminando y haciendo
desaparecer nuestra agricultura y ganadería, dejando que entren todas
las plagas fitosanitarias del mundo y atentando gravemente con la
supervivencia de nuestro Pueblo Canario, que observa indefenso como no
puede trabajar en su Tierra Canaria, ya que los trabajos son usurpados y
ocupados por los cientos de miles de colonos que llegan al Archipiélago
Canario, sobre todo de España y Europa.



Asimismo también debe quedar claro que tanto España como la UE, tienen
que cumplir además la Resolución (A/RES/55/146) de 8 de Diciembre de
2000, en la que se declara el periodo de los años 2001 al 2010 como
segundo decenio internacional para la eliminación del colonialismo,
debiendo por tanto proceder en su día a la descolonización del
archipiélago Canario y efectuar los trámites oportunos bajo la
supervisión de la ONU, para reconocer al mismo como un Estado
Independiente y Soberano.



En el Archipiélago Canario, a 5 de Julio de 2006.

Fdo. Juan Fco. Díaz Palarea.