“EL DERECHO DE AUTO-RESIGNACIÓN”        DEL  PUEBLO CANARIO

 

 

El Diccionario de la Lengua de la Real Academia Española, define la resignación como “entrega voluntaria que uno hace de sí poniéndose en las manos y en la voluntad de otros”.  Esta acepción, en la realidad no deja de ser una falacia más, pues la mayoría de las veces no se trata de una entrega voluntaria, sino más bien de entregas obligatorias o forzosas de índoles o grados diversos según las circunstancias de las personas o del caso. Suena raro el decir: yo me resigno voluntariamente y me pongo en tus manos para que hagas de mí lo que quieras conmigo. Además, conociendo la ralea de los seres humanos es altamente peligroso ponerse ciegamente en manos de los otros, pues lo mas seguro es que perdamos nuestra libertad o nuestros bienes y terminemos siendo esclavos de los mismos.

 

Todo lo referido, es aplicable al pueblo que se “entrega” obligatoriamente y se ponen en las manos o sigue la voluntad de otro pueblo. El primero de ellos “se resigna” a seguir las costumbres, la cultura, la religión, la economía y las leyes que le impone el segundo, con lo que “se resigna” también a perder lo propio. Al pueblo colonial se le exige  que copie el sistema impuesto por el pueblo colonizador, que utiliza su elite política, su ejército, sus policías o jueces y su poder mediático para convencer “voluntariamente”, a la gente que conforma el primero, con la colaboración de capataces o de la elite oligárquica del mismo pueblo “resignado”. El territorio y los recursos o riquezas del pueblo sometido pasan a ser “propiedad” del pueblo colonizador, que los administra a su antojo y voluntad, haciendo partícipe de este verdadero saqueo a la minoría colaboracionista, miembros del pueblo colonizado, a los que se les coloca en sectores estratégicos o de poder, bajo el mando y supervisión del gobierno de la metrópolis.

 

 Al pueblo colonial se le niega su derecho natural  inalienable e irrenunciable de decidir sobre todo lo que le afecta, dado que se ha “resignado voluntariamente” a seguir las decisiones del pueblo colonizador. El derecho de autodeterminación reconocido por normas internacionales a todos los pueblos del mundo, deviene entonces por interés del pueblo español,  en “derecho de auto-resignación” en el pueblo colonial, o sea en el damnificado Pueblo Canario.

 

En el Archipiélago Canario, a 16 de Julio de 2006.

Fdo. Juan Fco. Díaz Palarea.